Y prevención de delitos. Sin embargo, el proyecto de la SCJN considera que dichos artículos son constitucionales y que la UIF tiene la facultad de acceder a dicha información en aras de proteger la seguridad nacional y prevenir actividades ilícitas. Además, se destaca que la solicitud de información no implica una afectación directa a los derechos del empresario, ya que no implica sanciones ni bloqueo de cuentas, y que la UIF está actuando en el marco de sus atribuciones legales.
En caso de que la SCJN apruebe el proyecto, la UIF podrá continuar con su labor de supervisión y prevención de delitos financieros, lo cual es fundamental para combatir el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. No obstante, este caso también plantea interrogantes sobre la privacidad y la protección de datos personales, por lo que es importante encontrar un equilibrio entre la seguridad nacional y los derechos individuales.

